En sesión extraordinaria del Congreso, se aprobó el acuerdo legislativo de las comisiones de Gobernación y Desarrollo Municipal, en el que se establece que no es de atenderse y se desecha por improcedente la solicitud del Tribunal de Arbitraje y Escalafón, sobre la suspensión en el cargo por un plazo de 15 días sin goce de sueldo, al Presidente Municipal de Chapala, Javier Degollado González, derivada del juicio laboral relativo al pago de un laudo, conforme a lo ordenado por el Juzgado Sexto de Distrito.
Por otra parte, el Presidente de la Mesa Directiva, Diputado Edgar Oswaldo Bañales Orozco, dio cuenta de la notificación de acción de inconstitucionalidad 134/2015, promovida por la Procuraduría General de la República, que versa sobre el artículo 53 párrafo segundo de la Constitución Política del Estado de Jalisco, para su invalidez. El documento fue turnado a la Dirección de Asuntos Jurídicos y Dictamen Legislativo para los efectos legales procedentes, y a la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos, para su conocimiento.
Informó la Dirección Jurídica que en efecto se recibió una notificación, sin sentencia, en la que se comunica al Congreso que la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválida una parte del párrafo segundo de dicho artículo, relativo a las atribuciones del Ministerio Público, por lo que se analizarán los alcances, lineamientos y efectos de dicha resolución.
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