RECESO DEL PLENO DEL CONGRESO SOBRE EL JUICIO DE PROCEDENCIA PENAL CONTRA EL MAGISTRADO ALBERTO BARBA GÓMEZ

06 Junio 2017

El Pleno del Congreso del Estado declaró un receso en relación al proceso de juicio de procedencia penal en contra del Magistrado del Tribunal de lo Administrativo, Alberto Barba Gómez, dictaminado por la Comisión de Responsabilidades, debido al amparo que promovió ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo. Sin embargo, se cumple con los plazos establecidos por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en espera de que se resuelva el fondo de dicha suspensión.

El Presidente de la Mesa Directiva del Congreso, Dip. Ismael del Toro Castro, manifestó que “en virtud de la comunicación agendada en sesión de fecha 25 de abril del año 2017, marcada con el número 3.51, y que es de conocimiento del Pleno, en la que se concede la suspensión definitiva al ciudadano Alberto Barba Gómez, dentro del Juicio de Amparo número 1028/2017 del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco, para efecto de que no se dicte la resolución a que aluden los artículos 40 y 41 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, dentro del procedimiento JDP 01/2017, hasta en tanto se resuelve sobre el fondo del asunto, por lo cual no es procedente continuar con el presente procedimiento, hasta en tanto se resuelva el juicio de amparo indicado o quede sin efecto la suspensión mencionada”.

Al respecto, la Diputada María del Pilar Pérez Chavira, quien preside la Comisión de Responsabilidades, explicó posteriormente que debido a dicho recurso jurídico, el Congreso del Estado no se puede constituir en Jurado de Sentencia y retirarle el fuero, con base en la solicitud de juicio de procedencia penal presentada por el Fiscal General del Estado, Lic. Jesús Eduardo Almaguer Ramírez, debido a la carpeta de investigación que se integró sobre actos u omisiones que pudieran ser constitutivos de delito por parte del Magistrado.

De esta manera, se cumple con los plazos establecidos por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para que el Pleno tome parte del procedimiento,  y en su oportunidad darle continuidad al dictamen concluyente de la citada Comisión, declarándose un receso.

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