Con algunas modificaciones de forma más no de fondo, los diputados que integran la Comisión de Derechos Humanos aprobaron la iniciativa de Ley de Libre Convivencia, al igual que reformas y adiciones a diversas disposiciones de la ley del Registro Civil, y al artículo 778 del Código Civil, todas reglamentaciones del Estado de Jalisco.
El legislador Presidente de este órgano parlamentario, Hugo Daniel Gaeta Esparza, explicó que estas adecuaciones se integraron al proyecto debido al acuerdo previo que se tomó en la Comisión de realizar foros con la intención de socializar y recabar propuestas en torno a esta iniciativa propuesta por el diputado Edgar Enrique Velázquez González, y que plantea las sociedades de libre convivencia.
Mencionó que en las mesas de análisis que se realizaron en varios puntos estratégicos del estado se contó con la participación de investigadores, académicos, representantes de partidos políticos, colegios de abogados, universidades públicas y privadas, estudiantes de derecho y activistas sociales, entre otros expertos en el tema, “se abordó la iniciativa desde los puntos de sexualidad, psicológicos, sociales, educativos, tipos de familia, relaciones homosexuales y heterosexuales; y por supuesto, los aspectos jurídicos”.
Gaeta Esparza destacó que en el dictamen no se plasma al matrimonio como figura legal sino que se establece que será a través de un contrato de ayuda entre las partes y que se celebrará ante notario público; además de que los convivientes no podrán adoptar ni tener la no existe la custodia de menores.
También se estipulan los derechos y obligaciones de las partes que suscriben el contrato; se clarifican las formas de terminación o disolución del contrato y de existir alguna controversia entre los convivientes, podrán acudir a los medios alternos de solución al conflicto, es decir, a la justicia alternativa y el juez que resuelva el caso será especializado en materia civil y no en lo familiar.
Además los legisladores aprobaron modificar el dictamen, específicamente en el artículo 5 de la iniciativa de ley, para agregar que también podrán acudir ante un Juez Mixto de Primera Instancia para realizar modificaciones al contrato de convivencia, esto debido a que algunos municipios del interior del estado cuentan solamente con esta figura jurídica.